Número de DPI del solicitante. En caso de extranjeros, el número de pasaporte. Decreto 90-2005 Art.50 "Constituye el único Documento Personal de Identificación para todos los actos civiles, administrativos y legales"
Correo electrónico del solicitante. Para seguimiento y notificaciones.
Teléfono para contactar al solicitante en caso de aclaración o seguimiento.
Medio en que requiere la información solicitada. Si no indica el medio, se enviará al correo electrónico proporcionado.
Descripción clara y precisa de la información solicitada. Con el fin de brindar un mejor servicio, además de describir la información que solicita, se sugiere proporcionar todos los datos que considere que puedan facilitar la búsqueda de dicha información (Fechas, libros, folios, etc. Si contare con ellos)
Agregue documentos como soporte a la solicitud.

Términos y condiciones

 1.      En caso requerir más de una información, deberá solicitarse cada una en un formulario diferente.

2.      En caso realice una solicitud en representación de una asociación, fundación, etc. deberá adjuntar certificación de Personería Jurídica emitida por el Ministerio de Gobernación según lo establecido en los artículos del 438 al 440 del Código Civil.

3.      Cuando la información solicitada no sea competencia de la municipalidad, se le indicará la dependencia o entidad a la cual debe dirigirse para obtener la información solicitada.

4.      En caso la información solicitada no sea información pública o no exista en posesión de la municipalidad, se le se le notificará a través de una resolución de negativa.

5.      En caso la información solicitada no sea clara y precisa se le solicitará aclaración.

6.      El plazo de respuesta aplicará según lo establecido en el articulo 42 de la Ley de Acceso a la Información Pública.

7.      Se le solicita al interesado revisar su correo electrónico al vencer ocho días hábiles del tiempo de respuesta para verificar si existe o no, solicitud de prórroga por la oficina o dependencia a donde fue remitida la presente solicitud.

8.      La información en forma física (fotocopias, certificaciones, planos, etc.) será entregada personalmente en la Unidad de Información Pública previa presentación del recibo 7-B por el pago del costo de reproducción emitido por la Tesorería Municipal, según lo establecido en el artículo 18 de la Ley de Acceso a la Información Pública.

9.      Los interesados tendrán responsabilidad penal y civil por el uso, manejo y difusión de la información pública a la que tengan acceso según Artículo 15 de la Ley de Acceso a la Información Pública.

10.  Los interesados tendrán responsabilidad penal por suministrar datos de identificación falsos según artículo 274 del Código Penal.

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